Según lo establecido en el decreto 1860 de 1994 en su artículo 14, toda institución educativa debe poseer, un Proyecto Pedagógico Institucional (PEI), constituido por un conjunto de elementos entre los cuales está el horizonte institucional. Es un componente fundamental en la construcción e implementación de los ideales de la comunidad educativa, atendiendo sus necesidades y expectativas. El Consejo Directivo, académico, Docentes, Instructores militares, padres de familia y estudiantes, en forma conjunta, establecen mecanismos para implementar y socializar los componentes del Horizonte Institucional, de tal manera que todos los integrantes de la comunidad educativa tengan pleno conocimiento de él, promoviendo actitudes y compromisos que generen una proyección de impacto ante la sociedad.


